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Abierta cierra en 471 días Ref. BDNS 812668

Resolución TER//2025, de de , por la que se abre la convocatoria para la concesión de ayudas en forma de bonificación de los intereses de operaciones de préstamo, para la financiación de promociones de viviendas con protección oficial destinados a alquile

Agencia de la Vivienda de Cataluña · Cataluña

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Agencia de la Vivienda de Cataluña convoca esta subvención, dentro del área oficial de acceso a la vivienda y fomento de la edificación, dirigida a grandes empresas y entidades sin ánimo de lucro en Cataluña. Reparte un presupuesto total de 17.522.333 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud termina el 30 de diciembre de 2027. El registro asocia esta convocatoria al sector de administración pública y de la política económica, social y medioambiental.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 812668), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de vivienda en Cataluña, dirigida a grandes empresas. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Cataluña.

De las ayudas de vivienda abiertas en Cataluña, la que cierra justo antes que esta es Rehabilitación de fachadas de Constantí "Constantí Ponte… (cierra el 15 ene 2027) y la siguiente en cerrar es Económicas para la defensa jurídica y la contratación del… (cierra el 31 dic 2027).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el DOGC, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Agencia de la Vivienda de Cataluña. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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