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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 812831

Aprovación definitiva ordenanza nº50 reguladora ayudas a menores y adolescentes entre 6-17 años para la práctica deportiva fuera horario escolar

Ayuntamiento de Bolvir · Cataluña

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Bolvir convoca esta subvención, dentro del área oficial de educación, dirigida a personas físicas en Cataluña. Reparte un presupuesto total de 240 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Se financia con fondos europeos (Fondo Social Europeo (UE)). El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento y educación.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 812831), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de educación en Cataluña, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Cataluña.

De las ayudas de educación abiertas en Cataluña, la que cierra justo antes que esta es Familias de vila-seca con hijos escolarizados en las… (cierra el 31 ago 2027) y la siguiente en cerrar es Otorgamiento de las ayudas individuales de comedor… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Bolvir. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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