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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 833546

RESOLUCIÓN de 2 de mayo de 2025, por la que se regula y concede una subvención directa a la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (AEDTSS) para la promoción y fomento de actividades de interés público, sociocultural, económic

Secretaria Autonómica del Gabinete del President y Comunicación · Comunidad Valenciana

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

Secretaria Autonómica del Gabinete del President y Comunicación convoca esta subvención, dentro del área oficial de otras actuaciones de carácter económico, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en Comunidad Valenciana. Reparte un presupuesto total de 10.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades asociativas.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 833546), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de actividad económica en Comunidad Valenciana, dirigida a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Comunidad Valenciana.

De las ayudas de actividad económica abiertas en Comunidad Valenciana, la que cierra justo antes que esta es Solicitud de ayuda y pago de las actuaciones de la… (cierra el 31 ene 2027) y la siguiente en cerrar es Concede una subvención directa a la Federación de Coros… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el DOGV, con los requisitos exactos y la documentación que exige Secretaria Autonómica del Gabinete del President y Comunicación. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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