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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 835275

Resolución del presidente del Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears por la que se convocan las subvenciones para apoyar la proyección exterior de proyectos audiovisuales para el año 2025

Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears · Baleares

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears convoca esta subvención, dentro del área oficial de cultura, dirigida a pymes y autónomos en Baleares. Reparte un presupuesto total de 150.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión, actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales y actividades de creación artística y artes escénicas.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 835275), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de cultura en Baleares, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Baleares.

De las ayudas de cultura abiertas en Baleares, la que cierra justo antes que esta es Eventos Deportivos temporada alta (sin fecha límite) y la siguiente en cerrar es Acadèmies i reials acadèmies de les Illes Balears per a… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOIB, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Instituto de Industrias Culturales de las Illes Balears. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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