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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 843815

Fomento de promoción de vpo de promoción privada en régimen de arrendamiento

Instituto Canario de la Vivienda · Canarias

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Instituto Canario de la Vivienda convoca esta subvención, dentro del área oficial de acceso a la vivienda y fomento de la edificación, dirigida a personas físicas y pymes y autónomos en Canarias. Reparte un presupuesto total de 2.000.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales, actividades de construcción especializada, actividades inmobiliarias y construcción de edificios.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 843815), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de vivienda en Canarias, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Canarias.

De las ayudas de vivienda abiertas en Canarias, la que cierra justo antes que esta es Fomento adquisición vivienda por parte de las personas… (sin fecha límite) y la siguiente en cerrar es Fomento adquisición vivienda por parte de las personas… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOC, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Instituto Canario de la Vivienda. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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