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Abierta cierra en 380 días Ref. BDNS 861151

Resolución conjunta de 6 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 3 Cadenas de valor Industrial Actuacion 1. Eficiencia Energetica Edificios REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación.

Agencia Andaluza de la Energía · Andalucía

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Agencia Andaluza de la Energía convoca esta subvención, dentro del área oficial de industria y energía, dirigida a grandes empresas y pymes y autónomos en Andalucía. Reparte un presupuesto total de 2.050.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben, y puede cubrir hasta el 30% del coste de cada proyecto.

El plazo de solicitud va del 10 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2027. Se financia con fondos europeos (FEDER (UE)). El registro asocia esta convocatoria a los sectores de acabado de textiles, actividades auxiliares del transporte, actividades de apoyo a la pesca y la acuicultura y actividades de diseño especializado.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 861151), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de industria y energía en Andalucía, dirigida a grandes empresas. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Andalucía.

De las ayudas de industria y energía abiertas en Andalucía, la que cierra justo antes que esta es Concurrencia no competitiva para incentivar proyectos… (cierra el 31 dic 2026) y la siguiente en cerrar es Incentivos Linea 2 Energía del Programa 3 Cadenas de… (cierra el 30 sept 2027).

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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