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Abierta cierra en 380 días Ref. BDNS 865019

Resolución de 27 de octubre de 2025 convocatoria de incentivos Linea 2 Energía del Programa 2 Sector Empresarial y Cadena Agroalimentaria Actuación 1. Eficiencia energética en edificios REG (UE) 651/2014.

Agencia Andaluza de la Energía · Andalucía

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Agencia Andaluza de la Energía convoca esta subvención, dentro del área oficial de industria y energía, dirigida a pymes y autónomos en Andalucía. Reparte un presupuesto total de 3.000.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

El plazo de solicitud va del 12 de noviembre de 2025 al 30 de septiembre de 2027. Se financia con fondos europeos (FEDER (UE)). El registro asocia esta convocatoria a los sectores de acabado de edificios, actividades auxiliares a la educación, actividades auxiliares a los servicios financieros, excepto seguros y fondos de pensiones y actividades auxiliares a seguros y fondos de pensiones.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 865019), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de industria y energía en Andalucía, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Andalucía.

De las ayudas de industria y energía abiertas en Andalucía, la que cierra justo antes que esta es Incentivos Linea 2 Energía del Programa 3 Cadenas de… (cierra el 30 sept 2027) y la siguiente en cerrar es Incentivos Linea 2 Energía del Programa 2 Sector… (cierra el 30 sept 2027).

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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