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Abierta cierra en 15 días Ref. BDNS 883304

Resolución de 8 de enero de 2026, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas y se procede a su convocatoria para el año

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración · Galicia

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración convoca esta subvención, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a personas físicas en Galicia. Reparte un presupuesto total de 2.500.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud termina el 30 de septiembre de 2026. El registro asocia esta convocatoria al sector de prestación de servicios a la comunidad en general.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 883304), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de ayudas sociales en Galicia, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Galicia.

De las ayudas de ayudas sociales abiertas en Galicia, la que cierra justo antes que esta es + convivencia inclusiva (cierra el 22 sept 2026) y la siguiente en cerrar es VI Premio de buenas prácticas en servicios sociales, año… (cierra el 30 sept 2026).

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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