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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 892224

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la organización de actividades socioculturales promovidas por empresas del valle 2026

Ayuntamiento de Valle de Egüés/eguesibar · Navarra

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Valle de Egüés/eguesibar convoca esta subvención, dentro del área oficial de cultura, dirigida a pymes y autónomos en Navarra. Reparte un presupuesto total de 4000 € entre todas las solicitudes que se aprueben, y puede cubrir hasta el 80% del coste de cada proyecto. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento y administración pública y defensa; seguridad social obligatoria.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 892224), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de cultura en Navarra, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Navarra.

De las ayudas de cultura abiertas en Navarra, la que cierra justo antes que esta es Actividades Culturales, Deportivas y de Ocio del… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Valle de Egüés/eguesibar. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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