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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 903507

Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión Ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2026, del Área de Gobierno de Políticas Sociales, por la que se convoca CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE COOPERACIÓN SOCIAL

Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife · Canarias

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife convoca esta subvención, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en la provincia de Tenerife. Reparte un presupuesto total de 513.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades sanitarias y de servicios sociales.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 903507), actualizado el 1 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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