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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 909377

Convocatoria y bases reguladoras para la concesión de ayudas individuales de comedor dirigidas al alumnado de enseñanza obligatoria y del segundo ciclo de educación infantil de la comarca de la Cerdanya para el curso 2026/2027

Consell Comarcal de Cerdanya · Cataluña

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Consell Comarcal de Cerdanya convoca esta subvención, dentro del área oficial de educación, dirigida a personas físicas en Cataluña. Reparte un presupuesto total de 2 € entre todas las solicitudes que se aprueben, y puede cubrir hasta el 100% del coste de cada proyecto. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Se financia con fondos europeos (FEAD (UE)). El registro asocia esta convocatoria al sector de educación.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 909377), actualizado el 1 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Consell Comarcal de Cerdanya. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    El botón «Solicitar en sede electrónica» te lleva a la sede del órgano convocante; necesitas certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

    Enlace oficial arriba
  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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