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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 909980

Convocatoria para la concesión de subvenciones a centros de iniciativas turísticas, asociaciones y entidades turísticas sin ánimo de lucro para el fomento de programas de desarrollo turístico, dinamización turistica insular para la isla de La Palma

Excmo. Cabildo Insular de la Palma · Canarias

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

Excmo. Cabildo Insular de la Palma convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en la provincia de La Palma. Reparte un presupuesto total de 20.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria al sector de otras actividades recreativas y de entretenimiento.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 909980), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de comercio y pymes en Canarias, dirigida a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Canarias.

De las ayudas de comercio y pymes abiertas en Canarias, la que cierra justo antes que esta es Empresas, autónomos, etc., para el fomento de programas… (sin fecha límite) y la siguiente en cerrar es Bonificación del tipo de interés de los préstamos… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOC, con los requisitos exactos y la documentación que exige Excmo. Cabildo Insular de la Palma. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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