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Abierta cierra en 106 días Ref. BDNS 910962

Resolución de 03/06/2025, por la que se publican los créditos en 2026 para la concesión de subvenciones reguladas en el Decreto 267/2023, de concesión directa de subvenciones para el relevo en actividades y oficios tradicionales en Castilla-La Mancha.

Dirección General de Empleo · Castilla-La Mancha

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Dirección General de Empleo convoca esta subvención, dentro del área oficial de fomento del empleo, dirigida a entidades sin ánimo de lucro y pymes y autónomos en Castilla-La Mancha. Reparte un presupuesto total de 1.000.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

El plazo de solicitud va del 12 de junio al 15 de noviembre de 2026. Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades sanitarias y de servicios sociales, agricultura, ganadería, silvicultura y pesca e industria manufacturera.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 910962), actualizado el 1 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el DOCM, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Dirección General de Empleo. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    El botón «Solicitar en sede electrónica» te lleva a la sede del órgano convocante; necesitas certificado digital o Cl@ve.

    Enlace oficial arriba
  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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