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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 914788

Bases reguladoras de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades y asociaciones sin ánimo de lucro del ámbito de los servicios sociales, para la ejecución de proyectos de intervención social en el ...

Ayuntamiento de Aranda de Duero · Castilla y León

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Aranda de Duero convoca esta subvención, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en la provincia de Burgos. Reparte un presupuesto total de 3580 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades de servicios sociales sin alojamiento.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 914788), actualizado el 1 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Aranda de Duero. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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