Resolución del consejero de Economia, Hacienda e Innovación, de 22 de junio de 2026, de convocatoria para conceder ayudas dirigidas al funcionamiento de agrupaciones empresariales innovadoras de las Illes Balears cofinanciadas con fondos FEDER 2021-2027
Dirección General de Investigación, Innovación y Transformación Digital · Baleares
¿De qué va esta ayuda?
La Dirección General de Investigación, Innovación y Transformación Digital convoca esta subvención, dentro del área oficial de investigación, desarrollo e innovación, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en Baleares. Reparte un presupuesto total de 268.500 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.
No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Se financia con fondos europeos (FEDER (UE)). Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades profesionales, científicas y técnicas.
Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 915100), actualizado el 1 de agosto de 2026.
¿Cómo se solicita?
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Lee las bases oficiales
El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOIB, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Dirección General de Investigación, Innovación y Transformación Digital. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.
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Prepara la documentación
Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
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Solicita en la sede electrónica
Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.
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Guarda el justificante y espera
Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.
¿Cumples los requisitos?
Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.
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