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Abierta cierra en 746 días Ref. BDNS 915199

Orden de 25 de junio de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, destinadas la subvención del principal de créditos a titulares de explotaciones agrarias (Oriente Medio).

Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación · ámbito estatal

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación convoca esta subvención, dentro del área oficial de acceso a la vivienda y fomento de la edificación, dirigida a pymes y autónomos en toda España. Reparte un presupuesto total de 10.996.846 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

El plazo de solicitud termina el 30 de septiembre de 2028. Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria al sector de agricultura, ganadería, silvicultura y pesca.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 915199), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de vivienda en toda España, dirigida a autónomos y pymes.

De las ayudas de vivienda abiertas en toda España, la que cierra justo antes que esta es Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de… (cierra el 31 mar 2028) y la siguiente en cerrar es Obras de rehabilitación de edificios y viviendas para la… (cierra el 31 dic 2029).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOE, con los requisitos exactos y la documentación que exige Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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