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Próximamente Ref. BDNS 919501

Bases reguladoras para la concesión de subvenciones, recogidas dentro del plan municipal de lucha contra la despoblación, para el Fomento de la Actividad Económica y el Empleo, 2026.

Ayuntamiento de Iznájar · Andalucía

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Iznájar convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en la provincia de Córdoba. Reparte un presupuesto total de 50.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

Todavía no admite solicitudes: el plazo abre el 3 de noviembre de 2026 y cierra el 17 de noviembre de 2026. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos y actividades financieras y de seguros.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 919501), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de comercio y pymes en Andalucía, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Andalucía.

Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de comercio y pymes que siguen abiertas en Andalucía, las que antes cierran son IX Concurso y Exposición Fotográfica sobre la Romería… (cierra el 15 sept 2026) y Destinada al apoyo de la comercialización y promoción… (cierra el 30 sept 2026).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Iznájar. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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