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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 927575

Anuncio del Ayuntamiento de Llíria sobre la convocatoria de las ayudas a asociaciones vecinales para llevar a cabo actividades de interés para toda la ciudadanía para el año 2026

Ayuntamiento de Llíria · Comunidad Valenciana

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Llíria convoca esta subvención, dentro del área oficial de otras prestaciones económicas, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en la provincia de Valencia / València. Reparte un presupuesto total de 10.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Se financia con fondos europeos (Fondo Social Europeo (UE)). El registro asocia esta convocatoria al sector de otros servicios.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 927575), actualizado el 3 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de prestaciones en Comunidad Valenciana, dirigida a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Comunidad Valenciana.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Llíria. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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