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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 817269

Convocatoria de ayudas a personas emigrantes retornadas 2025.

Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo · Asturias

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo convoca esta subvención, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a personas físicas en Asturias. Reparte un presupuesto total de 700.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades sanitarias y de servicios sociales y educación.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 817269), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de ayudas sociales en Asturias, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Asturias.

De las ayudas de ayudas sociales abiertas en Asturias, la que cierra justo antes que esta es Ley 8/2024, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales… (sin fecha límite) y la siguiente en cerrar es Competitiva, destinadas a entidades sin ánimo de lucro… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOPA, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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