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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 848143

Resolución de18 de julio de 2025 del Presidente del ICECYL por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a favorecer la digitalización y la transformación digital en las pymes de Castilla y León

Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León · Castilla y León

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Instituto para la Competitividad Empresarial de Castilla y León convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en Castilla y León. Reparte un presupuesto total de 2.850.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben, y puede cubrir hasta el 75% del coste de cada proyecto.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Se financia con fondos europeos (FEDER (UE)). Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales, actividades de las agencias de noticias y otras actividades de distribución de contenidos y actividades de portales de búsqueda en la web y otras actividades de servicios de información.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 848143), actualizado el 15 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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