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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 877699

Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la cual se aprueba la convocatoria de ayudas para 2026-2027 a empresas con actividad en Islas Baleares para cubrir las comisiones de apertura i estudio, intereses y costa aval de SGR para op.

Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio · Baleares

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio convoca esta subvención, dentro del área oficial de otras prestaciones económicas, dirigida a pymes y autónomos en Baleares. Reparte un presupuesto total de 25.745.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Se financia con fondos europeos (FEDER (UE)). Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades financieras y de seguros.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 877699), actualizado el 15 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOIB, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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