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Abierta cierra en 61 días Ref. BDNS 877777

Orden de 23 de diciembre de 2025, de la C. de Ind. Com. y Empleo, por la que se convocan subvenciones destinadas al fomento del relevo en la actividad por cuenta propia en Castilla y León, con especial atención al impulsado por mujeres autónomas (2026)

Consejería de Industria, Comercio y Empleo · Castilla y León

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo convoca esta subvención, dentro del área oficial de fomento del empleo, dirigida a pymes y autónomos en Castilla y León. Reparte un presupuesto total de 2.400.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

El plazo de solicitud va del 15 de enero al 15 de octubre de 2026. Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos y actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 877777), actualizado el 15 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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