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Abierta cierra en 76 días Ref. BDNS 877791

Orden de 23 de diciembre de 2025, de la C. de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones al fomento del espíritu emprendedor para garantizar el relevo productivo a través de las org. representativas de autónomos y de la econ. social

Consejería de Industria, Comercio y Empleo · Castilla y León

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Consejería de Industria, Comercio y Empleo convoca esta subvención, dentro del área oficial de fomento del empleo, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en Castilla y León. Reparte un presupuesto total de 200.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben, y puede cubrir hasta el 100% del coste de cada proyecto. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud va del 4 de mayo al 30 de octubre de 2026. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos y actividades de los hogares como empleadores y como productores de bienes y servicios no diferenciados para uso propio.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 877791), actualizado el 15 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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