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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 881505

Decreto de 12 de enero de 2025 de Concejalía de Igualdad, Salud, Vivienda y Bienestar por la que se convocan las bases reguladoras para la concesión de ayudas del banco de alimentos del FEAD que gestiona el Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco como OAR.

Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco · Andalucía

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco convoca esta ayuda, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a personas físicas en la provincia de Málaga. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Se financia con fondos europeos (FEAD (UE)). El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades sanitarias y de servicios sociales y educación.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 881505), actualizado el 15 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    El botón «Solicitar en sede electrónica» te lleva a la sede del órgano convocante; necesitas certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

    Enlace oficial arriba
  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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