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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 884402

Resolución de Alcaldía n.º 15/2026, de fecha 30 de enero de 2026, por la que se convocan ayudas correspondientes al programa "Volveremos a Chiprana" para el fomento del pequeño comercio minorista en el municipio de Chiprana, año 2026.

Ayuntamiento de Chiprana · Aragón

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Chiprana convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en la provincia de Zaragoza. Reparte un presupuesto total de 5000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos, comercio al por mayor y al por menor y otros servicios.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 884402), actualizado el 15 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Chiprana. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    El botón «Solicitar en sede electrónica» te lleva a la sede del órgano convocante; necesitas certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

    Enlace oficial arriba
  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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