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Cerrada Ref. BDNS 885268

Acuerdo de 2 de febrero de 2026, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convocan subvenciones a las asociaciones judiciales profesionales para el año 2026

Consejo General del Poder Judicial · ámbito estatal

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Consejo General del Poder Judicial convoca esta subvención, dentro del área oficial de otras actuaciones de carácter económico, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en toda España. Reparte un presupuesto total de 426.100 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud ya terminó; abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades asociativas.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 885268), actualizado el 18 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de actividad económica en toda España, dirigida a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de actividad económica que siguen abiertas de ámbito estatal, las que antes cierran son Realización de acciones intersectoriales del ejercicio… (cierra el 1 oct 2026) y Realización de acciones sectoriales del ejercicio 2025,… (cierra el 1 oct 2026).

Datos clave

Plazo
Cerrada
Presupuesto
426.100 €
Para
entidades sin ánimo de lucro
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Ámbito
España (estatal)

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOE, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Consejo General del Poder Judicial. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

Ficha técnica completa
Tipo
Subvención
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Sector
Actividades asociativas
Convoca
Consejo General del Poder Judicial
Publicada
4 feb 2026
Nivel
otros

Fuente oficial: BDNS Actualizado el 18 de septiembre de 2026

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