¿De qué va esta ayuda?
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración convoca esta subvención, dentro del área oficial de otras actuaciones de carácter económico, dirigida a pymes y autónomos en Galicia. Reparte un presupuesto total de 1.400.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.
El plazo de solicitud ya terminó (cerró el 18 de marzo de 2026); abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. Es una ayuda de mínimis: si en los últimos tres años ya has recibido otras ayudas de mínimis, el tope de 300.000 € por empresa puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos y actividades financieras y de seguros.
Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 887236), actualizado el 18 de septiembre de 2026.
Es una ayuda de actividad económica en Galicia, dirigida a autónomos y pymes.
Puedes ver todas las ayudas abiertas en Galicia.
Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de actividad económica que siguen abiertas en Galicia, las que antes cierran son Bases genera reguladoras de concesión de subvencione a… (cierra el 18 sept 2026) y Concurso para la concesión de subvenciones por la… (cierra el 25 sept 2026).
Datos clave
- Plazo
- Cerró el 18 mar 2026
- Presupuesto
- 1.400.000 €
- Para
- pymes y autónomos
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva - canónica
¿Cómo se solicita?
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Lee las bases oficiales
El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige Consellería de Empleo, Comercio y Emigración. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.
~10 min -
Prepara la documentación
NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.
Según las bases -
Solicita en la sede electrónica
Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.
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Guarda el justificante y espera
Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.
Ficha técnica completa
- Tipo
- Subvención
- Finalidad
- Otras actuaciones de carácter económico
- Sectores
- Actividades administrativas y servicios auxiliares, Actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, Actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos, Actividades financieras y de seguros
- Convoca
- Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
- Desde
- 19 feb 2026
- Publicada
- 26 feb 2026
- Régimen
- Mínimis
- Nivel
- autonomica
Fuente oficial: BDNS ·Actualizado el 18 de septiembre de 2026