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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 889698

Concesión compensaciones económicas acogimiento familiar.

Consell Insular de Ibiza · Baleares

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Consell Insular de Ibiza convoca esta subvención, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a personas físicas en la provincia de Eivissa y Formentera. Reparte un presupuesto total de 400.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de educación preprimaria y otras actividades de servicios sociales sin alojamiento.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 889698), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de ayudas sociales en Baleares, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Baleares.

De las ayudas de ayudas sociales abiertas en Baleares, la que cierra justo antes que esta es Destinadas a personas mayores residentes en las islas de… (sin fecha límite) y la siguiente en cerrar es Destinadas a entidades privadas sin animo de lucro que… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Consell Insular de Ibiza. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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