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Cerrada Ref. BDNS 892119

Orden IND/9/2026, de 9 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de un programa específico para promover el mantenimiento del empleo autónomo. Reglamento (UE) 2023/2831 de Minimis General.

Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio · Cantabria

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio convoca esta subvención, dentro del área oficial de fomento del empleo, dirigida a pymes y autónomos en Cantabria. Reparte un presupuesto total de 3.343.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud ya terminó; abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. Es una ayuda de mínimis: si en los últimos tres años ya has recibido otras ayudas de mínimis, el tope de 300.000 € por empresa puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades profesionales, científicas y técnicas e industria manufacturera.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 892119), actualizado el 2 de noviembre de 2026.

Es una ayuda de empleo en Cantabria, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Cantabria.

Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de empleo que siguen abiertas en Cantabria, las que antes cierran son SANTANDER CREA Y EMPLEA (cierra el 9 nov 2026) y Que se aprueba la convocatoria para 2026 de subvenciones… (cierra el 10 nov 2026).

Datos clave

Plazo
Cerrada
Presupuesto
3.343.000 €
Para
pymes y autónomos
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Ámbito
Cantabria

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica
Ficha técnica completa
Tipo
Subvención
Finalidad
Fomento del Empleo
Sectores
Actividades administrativas y servicios auxiliares, Actividades profesionales, científicas y técnicas, Industria manufacturera
Convoca
Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio
Publicada
10 mar 2026
Régimen
Mínimis
Nivel
autonomica

Fuente oficial: BDNS Actualizado el 2 de noviembre de 2026

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