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Abierta cierra hoy Ref. BDNS 894133

Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 2 Incentivo a la segunda o sucesivas contrataciones indefinidas ordinarias por parte de personas trabajadoras autónomas, y a cualquier contratación indefinida ordinaria por parte de Pymes. Mínimis General.

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo · Andalucía

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo convoca esta subvención, dentro del área oficial de fomento del empleo, dirigida a pymes y autónomos en Andalucía. Reparte un presupuesto total de 37.382.929 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

El plazo de solicitud va del 28 de marzo al 31 de octubre de 2026. Se financia con fondos europeos (Fondo Social Europeo (UE)). Es una ayuda de mínimis: si en los últimos tres años ya has recibido otras ayudas de mínimis, el tope de 300.000 € por empresa puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades relacionadas con el empleo.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 894133), actualizado el 31 de octubre de 2026.

Es una ayuda de empleo en Andalucía, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Andalucía.

De las ayudas de empleo abiertas en Andalucía, la que cierra justo antes que esta es Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 1… (cierra el 31 oct 2026) y la siguiente en cerrar es Resolución de 20 de marzo de 2026, DGIECE, Línea 2… (cierra el 31 oct 2026).

Datos clave

Plazo
Hasta el 31 oct 2026
Presupuesto
37.382.929 €
Para
pymes y autónomos
Procedimiento
Concesión directa - canónica
Ámbito
Andalucía

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

Ficha técnica completa
Tipo
Subvención
Finalidad
Fomento del Empleo
Sector
Actividades relacionadas con el empleo
Convoca
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Desde
28 mar 2026
Publicada
16 jun 2026
Régimen
Mínimis
Fondos UE
Fondo Social Europeo (UE)
Nivel
autonomica

Fuente oficial: BDNS Actualizado el 31 de octubre de 2026

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