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Cerrada Ref. BDNS 896205

Resolución TER/ /2026, de 8 de abril, por la que se abre la convocatoria para la concesión de las subvenciones para el pago del alquiler o precio de cesión de vivienda o habitación para el año 2026 para personas que tengan de 36 a 64 años

Agencia de la Vivienda de Cataluña · Cataluña

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Agencia de la Vivienda de Cataluña convoca esta subvención, dentro del área oficial de acceso a la vivienda y fomento de la edificación, dirigida a personas físicas en Cataluña. Reparte un presupuesto total de 20.000.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud ya terminó (cerró el 8 de mayo de 2026); abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. El registro asocia esta convocatoria al sector de administración pública y de la política económica, social y medioambiental.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 896205), actualizado el 18 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de vivienda en Cataluña, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Cataluña.

Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de vivienda que siguen abiertas en Cataluña, las que antes cierran son Lloguer jove 2026 x2026001676 (cierra el 18 sept 2026) y Concesión, en régimen de concurrencia pública no… (cierra el 25 sept 2026).

Datos clave

Plazo
Cerró el 8 may 2026
Presupuesto
20.000.000 €
Para
personas físicas
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Ámbito
Cataluña

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el DOGC, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Agencia de la Vivienda de Cataluña. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

Ficha técnica completa
Tipo
Subvención
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector
Administración pública y de la política económica, social y medioambiental
Convoca
Agencia de la Vivienda de Cataluña
Publicada
21 abr 2026
Nivel
autonomica

Fuente oficial: BDNS Actualizado el 18 de septiembre de 2026

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