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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 898208

Ejercicio 2026: ordenanza reguladora de las prestaciones sociales de carácter económico

Ayuntamiento de Villalbilla · Madrid

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Villalbilla convoca esta subvención, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a personas físicas en Madrid. Reparte un presupuesto total de 50.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de educación preprimaria y otras actividades de servicios sociales sin alojamiento.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 898208), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de ayudas sociales en Madrid, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Madrid.

De las ayudas de ayudas sociales abiertas en Madrid, la que cierra justo antes que esta es Económicas para personas mayores y/o pensionistas,… (sin fecha límite) y la siguiente en cerrar es Ordenanza municipal reguladora de las prestaciones… (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Villalbilla. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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