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Abierta sin fecha límite Ref. BDNS 899937

Ordenanza municipal reguladora de las prestaciones económicas de emergencia social y prestaciones materiales del servicio de ayuda a domicilio y del servicio de teleasistencia domiciliaria del Ayuntamiento de Galapagar

Ayuntamiento de Galapagar · Madrid

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Galapagar convoca esta subvención, dentro del área oficial de servicios sociales y promoción social, dirigida a pymes y autónomos en Madrid. Reparte un presupuesto total de 204.072 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

No tiene fecha límite: admite solicitudes hasta agotar el presupuesto, y puede cerrarse en cualquier momento. El registro asocia esta convocatoria al sector de actividades sanitarias y de servicios sociales.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 899937), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de ayudas sociales en Madrid, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Madrid.

De las ayudas de ayudas sociales abiertas en Madrid, la que cierra justo antes que esta es Ordenanza reguladora de las prestaciones sociales de… (sin fecha límite) y la siguiente en cerrar es Entidades Deportivas 2026 (sin fecha límite).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Galapagar. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    El botón «Solicitar en sede electrónica» te lleva a la sede del órgano convocante; necesitas certificado digital o Cl@ve. Va por orden de llegada mientras quede presupuesto: presentar pronto cuenta.

    Enlace oficial arriba
  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. Al ir por orden de solicitud, la resolución suele llegar antes; el máximo habitual sigue siendo de 6 meses, por notificación electrónica.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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