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Cerrada Ref. BDNS 916053

Ayudas para promocionar la salud de profesionales sanitarios en Andalucía

Consejería de Salud y Consumo · Andalucía

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

Son subvenciones para colegios profesionales sanitarios que quieran desarrollar proyectos de coordinación, formación y atención a profesionales de la salud con problemas físicos o mentales, con el objetivo de prevenir riesgos y errores en la asistencia sanitaria.

Qué cubre
Actividades de coordinación, formación, difusión y atención médica o psicológica dirigidas a profesionales sanitarios con problemas de salud
Cuánto
Hasta 150.000 euros por solicitud. Total disponible: 150.000 euros en 2026
Para quién
Exclusivamente colegios oficiales de profesionales sanitarios de Andalucía y sus consejos generales
Cómo se reparte
Primer pago del 50% tras la concesión (100% si el subsidio es menor o igual a 6.000 euros). Segundo pago del 50% restante previa justificación del primero

Redactado a partir de las bases oficiales (BDNS 916053). Es orientativo: las bases mandan.

Es una ayuda de sanidad en Andalucía, dirigida a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Andalucía.

Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de sanidad que siguen abiertas en toda España, las que antes cierran son Clubes deportivos de Grado en concurrencia competitiva… (cierra el 20 sept 2026) y Directa a oficinas de farmacia de la provincia de Cáceres… (cierra el 23 sept 2026).

Datos clave

Plazo
Cerró el 20 jul 2026
Presupuesto
150.000 €
Para
entidades sin ánimo de lucro
Procedimiento
Concesión directa - canónica
Ámbito
Andalucía

¿Cumples los requisitos?

Los requisitos reales de las bases, en claro. Marca los que cumples.

Marca los requisitos para ver si encajas.

Documentación que necesitas

  • Memoria y descripción del proyecto conforme al apartado 7 del Anexo I
  • Presupuesto desglosado de partidas y conceptos según apartado 7 del Anexo I
  • Certificado de inscripción en registro público correspondiente
  • DNI de la persona que ostenta la representación legal de la entidad
  • CIF de la entidad
  • Documentación acreditativa de la representación o apoderamiento del representante legal
  • Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social
  • Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con Administraciones Públicas
  • Estatutos del colegio o consejo de colegiados
  • Declaración responsable del beneficiario sobre no concurrencia de circunstancias previstas en artículos de leyes de subvenciones

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOJA, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Consejería de Salud y Consumo. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

Ficha técnica completa
Título oficial
Orden de xx de xxxx de 2026 por la que se convocan subvenciones para el fomento de acciones dirigidas a la seguridad del paciente a través de la promoción de la salud. Linea 3
Tipo
Subvención
Finalidad
Sanidad
Sector
Otras actividades de servicios sociales sin alojamiento
Convoca
Consejería de Salud y Consumo
Desde
7 jul 2026
Publicada
7 jul 2026
Nivel
autonomica

Fuente oficial: BDNS Actualizado el 18 de septiembre de 2026

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