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Abierta cierra en 16 días Ref. BDNS 917203

Orden del 22 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el sector editorial galego, relativas a los gastos a la producción editorial literaria para los ejercicios 2026 y 2027

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud · Galicia

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud convoca esta subvención, dentro del área oficial de cultura, dirigida a pymes y autónomos en Galicia. Reparte un presupuesto total de 350.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud va del 15 de julio al 17 de agosto de 2026. Es una ayuda de mínimis: si ya has recibido otras ayudas públicas en los últimos tres años, el límite acumulado puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria al sector de edición de libros, periódicos y otras actividades editoriales, excepto la edición de programas informáticos.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 917203), actualizado el 1 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige Consellería de Cultura, Lengua y Juventud. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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