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Abierta cierra en 23 días Ref. BDNS 920188

ORDEN del 7 de julio de 2026, por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración · Galicia

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración convoca esta subvención, dentro del área oficial de fomento del empleo, dirigida a entidades sin ánimo de lucro en Galicia. Reparte un presupuesto total de 9.416.278 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud va del 23 de julio al 24 de agosto de 2026. El registro asocia esta convocatoria al sector de prestación de servicios a la comunidad en general.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 920188), actualizado el 1 de agosto de 2026.

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige Consellería de Empleo, Comercio y Emigración. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    Identificación (DNI o NIF), justificantes del gasto o presupuesto, y certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    El botón «Solicitar en sede electrónica» te lleva a la sede del órgano convocante; necesitas certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.

    Enlace oficial arriba
  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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