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Cerrada Ref. BDNS 922250

Convocatoria de ayudas para resarcir los daños ocasionados a los particulares en situaciones derivadas de la pérdida sobrevenida de la vivienda habitual por causas extraordinarias, situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica en 2026.

Dirección General de Vivienda · Aragón

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Dirección General de Vivienda convoca esta subvención, dentro del área oficial de acceso a la vivienda y fomento de la edificación, dirigida a personas físicas en Aragón. Reparte un presupuesto total de 500.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud ya terminó (cerró el 2 de septiembre de 2026); abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. El registro asocia esta convocatoria al sector de construcción.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 922250), actualizado el 18 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de vivienda en Aragón, dirigida a particulares y familias. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Aragón.

Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de vivienda que siguen abiertas en Aragón, las que antes cierran son Gastos de registro y notaria para jóvenes que adquieran… (cierra el 30 sept 2026) y Financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes… (cierra el 1 oct 2026).

Datos clave

Plazo
Cerró el 2 sept 2026
Presupuesto
500.000 €
Para
personas físicas
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Ámbito
Aragón

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOA, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Dirección General de Vivienda. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    DNI o NIE, justificante del gasto o del presupuesto previsto y, si las bases lo piden, certificado de padrón o de renta.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.

  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

Ficha técnica completa
Tipo
Subvención
Finalidad
Acceso a la vivienda y fomento de la edificación
Sector
Construcción
Convoca
Dirección General de Vivienda
Desde
3 ago 2026
Publicada
29 jul 2026
Nivel
autonomica

Fuente oficial: BDNS Actualizado el 18 de septiembre de 2026

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