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Cerrada Ref. BDNS 927545

Orden IND/43/2026, de 31 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para impulsar el comercio electrónico en el sector de la distribución comercial minorista de Cantabria para 2026.

Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio · Cantabria

Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en Cantabria. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.

El plazo de solicitud ya terminó (cerró el 18 de septiembre de 2026); abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. Se financia con fondos europeos (FEDER (UE)). Es una ayuda de mínimis: si en los últimos tres años ya has recibido otras ayudas de mínimis, el tope de 300.000 € por empresa puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria al sector de comercio al por mayor y al por menor.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 927545), actualizado el 2 de noviembre de 2026.

Es una ayuda de comercio y pymes en Cantabria, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Cantabria.

Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de comercio y pymes que siguen abiertas en toda España, las que antes cierran son Dinamizar locales y espacios vacíos (III). (cierra el 3 nov 2026) y Destinadas a las asociaciones para la promoción, fomento,… (cierra el 4 nov 2026).

Datos clave

Plazo
Cerró el 18 sept 2026
Presupuesto
n/d
Para
pymes y autónomos
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Ámbito
Cantabria

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica
Ficha técnica completa
Tipo
Subvención
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Sector
Comercio al por mayor y al por menor
Convoca
Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio
Publicada
2 sept 2026
Régimen
Mínimis
Fondos UE
FEDER (UE)
Nivel
autonomica

Fuente oficial: BDNS Actualizado el 2 de noviembre de 2026

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