Orden IND/43/2026, de 31 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para impulsar el comercio electrónico en el sector de la distribución comercial minorista de Cantabria para 2026.
Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio · Cantabria
¿De qué va esta ayuda?
La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en Cantabria. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.
El plazo de solicitud ya terminó (cerró el 18 de septiembre de 2026); abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. Se financia con fondos europeos (FEDER (UE)). Es una ayuda de mínimis: si en los últimos tres años ya has recibido otras ayudas de mínimis, el tope de 300.000 € por empresa puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria al sector de comercio al por mayor y al por menor.
Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 927545), actualizado el 2 de noviembre de 2026.
Es una ayuda de comercio y pymes en Cantabria, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Cantabria.
Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de comercio y pymes que siguen abiertas en toda España, las que antes cierran son Dinamizar locales y espacios vacíos (III). (cierra el 3 nov 2026) y Destinadas a las asociaciones para la promoción, fomento,… (cierra el 4 nov 2026).
Datos clave
- Plazo
- Cerró el 18 sept 2026
- Presupuesto
- n/d
- Para
- pymes y autónomos
- Procedimiento
- Concurrencia competitiva - canónica
- Ámbito
- Cantabria
¿Cómo se solicita?
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Comprueba que cumples los requisitos
Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.
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Reúne la documentación
Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).
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Presenta la solicitud en la sede electrónica
Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.
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Espera la resolución y justifica
El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.
Ficha técnica completa
- Tipo
- Subvención
- Finalidad
- Comercio, Turismo y Pymes
- Sector
- Comercio al por mayor y al por menor
- Convoca
- Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio
- Publicada
- 2 sept 2026
- Régimen
- Mínimis
- Fondos UE
- FEDER (UE)
- Nivel
- autonomica
Fuente oficial: BDNS Actualizado el 2 de noviembre de 2026
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