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Abierta cierra en 15 días Ref. BDNS 928226

Convocatoria de ayudas al alquiler, en régimen de concurrencia no competitiva, para la localización en el término municipal de Alcalá la Real, de nuevas iniciativas empresariales/ profesionales durante el periodo 2025-2026

Ayuntamiento de Alcalá la Real · Andalucía

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Alcalá la Real convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en la provincia de Jaén. Reparte un presupuesto total de 40.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

El plazo de solicitud termina el 30 de septiembre de 2026. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos y actividades financieras y de seguros.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 928226), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de comercio y pymes en Andalucía, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Andalucía. La guía de cómo se pide el bono de alquiler joven cuenta el trámite paso a paso.

De las ayudas de comercio y pymes abiertas en Andalucía, la que cierra justo antes que esta es PR/2026/1357 del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande por… (cierra el 30 sept 2026) y la siguiente en cerrar es Competitiva, a la inversion para nuevas empresas que se… (cierra el 30 sept 2026).

¿Cómo se solicita?

  1. Comprueba que cumples los requisitos

    Cada convocatoria define sus beneficiarios («Para:») y condiciones en las bases oficiales. Léelas antes de nada.

    ~10 min
  2. Reúne la documentación

    Lo habitual: DNI/NIF, justificantes del gasto o presupuesto, y certificados (empadronamiento, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social).

    ~15 min
  3. Presenta la solicitud en la sede electrónica

    Necesitas certificado digital o Cl@ve. Cada ayuda enlaza a su sede. Guarda el justificante de registro.

    Enlace oficial en cada ayuda
  4. Espera la resolución y justifica

    El plazo máximo de resolución suele ser de 6 meses. Concedida la ayuda, tendrás que justificar el gasto con facturas.

    Notificación electrónica

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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