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Abierta cierra en 15 días Ref. BDNS 928233

Convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a la inversion para nuevas empresas que se establezcan preferentemente en el centro histórico - zona norte de Alcalá la Real, el núcleo urbano de sus aldeas y en el resto del casco urbano

Ayuntamiento de Alcalá la Real · Andalucía

Solicitar en sede electrónica Bases oficiales

¿De qué va esta ayuda?

El Ayuntamiento de Alcalá la Real convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en la provincia de Jaén. Reparte un presupuesto total de 50.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben.

El plazo de solicitud termina el 30 de septiembre de 2026. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades administrativas y servicios auxiliares, actividades artísticas, deportivas y de entretenimiento, actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos y actividades financieras y de seguros.

Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 928233), actualizado el 15 de septiembre de 2026.

Es una ayuda de comercio y pymes en Andalucía, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Andalucía.

De las ayudas de comercio y pymes abiertas en Andalucía, la que cierra justo antes que esta es Alquiler, en régimen de concurrencia no competitiva, para… (cierra el 30 sept 2026) y la siguiente en cerrar es Bases para la convocatoria de subvenciones en régimen de… (cierra el 1 oct 2026).

¿Cómo se solicita?

  1. Lee las bases oficiales

    El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el boletín oficial de la provincia, con los requisitos exactos y la documentación que exige el Ayuntamiento de Alcalá la Real. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.

    ~10 min
  2. Prepara la documentación

    NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.

    Según las bases
  3. Solicita en la sede electrónica

    El botón «Solicitar en sede electrónica» te lleva a la sede del órgano convocante; necesitas certificado digital o Cl@ve.

    Enlace oficial arriba
  4. Guarda el justificante y espera

    Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.

¿Cumples los requisitos?

Dinos quién eres y calculamos tu encaje con esta ayuda. Orientativo: las bases oficiales mandan. No guardamos nada, se queda en tu navegador.

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