Orden IND/43/2026, de 31 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para impulsar el comercio electrónico en el sector de la distribución comercial minorista de Cantabria para 2026.
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Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio · Cantabria
La Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio convoca esta subvención, dentro del área oficial de comercio, turismo y pymes, dirigida a pymes y autónomos en Cantabria. Reparte un presupuesto total de 1.290.000 € entre todas las solicitudes que se aprueben, y puede cubrir hasta el 45% del coste de cada proyecto. Se concede por concurrencia competitiva: las solicitudes se puntúan con los criterios de las bases y cobran las que más puntos suman.
El plazo de solicitud ya terminó; abajo tienes ayudas parecidas que siguen abiertas. Es una ayuda de mínimis: si en los últimos tres años ya has recibido otras ayudas de mínimis, el tope de 300.000 € por empresa puede afectarte. El registro asocia esta convocatoria a los sectores de actividades de edición, radiodifusión y producción y distribución de contenidos, comercio al por mayor y al por menor y otros servicios.
Resumen propio a partir de la ficha oficial del registro (BDNS 896600), actualizado el 18 de septiembre de 2026.
Es una ayuda de comercio y pymes en Cantabria, dirigida a autónomos y pymes. Puedes ver todas las ayudas abiertas en Cantabria.
Esta convocatoria ya cerró. De las ayudas de comercio y pymes que siguen abiertas en Cantabria, las que antes cierran son Subvenciones para impulsar el comercio electrónico en el… (cierra el 18 sept 2026) y Directa de subvenciones del Plan RENOVE V, para al… (cierra el 31 oct 2026).
El botón «Bases oficiales» abre la publicación en el BOC, con los requisitos exactos y la documentación que exige la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio. El documento oficial es largo: ve directo a los apartados de requisitos, cuantía, documentación y plazo, o usa los PDF de «Documentos oficiales» de esta página.
NIF, certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, y justificantes o presupuesto del gasto que se subvenciona.
Se presenta en la sede electrónica del órgano convocante, con certificado digital o Cl@ve. Las solicitudes compiten por puntos: repasa los criterios de valoración de las bases antes de enviar.
Registra el justificante de presentación. La resolución llega por notificación electrónica; el plazo máximo habitual es de 6 meses.
Fuente oficial: BDNS Actualizado el 18 de septiembre de 2026
Abiertas ahora; en muchos casos compatibles con esta.
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1.194.000 €presupuesto
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